Se creó el Sistema Provincial para la Prevención y Mitigación de Emergencias y Desastres Agrarios
Neuquén.
Con gran agrado recibió la nueva Comisión Directiva de la Sociedad Rural del Neuquén, presidida ahora por Diego García Rambeaud, la noticia de que finalmente se reglamentó el Sistema Provincial para la Prevención y Mitigación de Emergencias y/o Desastres Agrarios, a través del decreto 143/19, firmado el 31 de enero por el Gobernador a cargo, Rolando Figueroa, junto al Ministro de Producción e Industria, Facundo López Raggi.
Es que ya pedía la reglamentación correspondiente en su discurso inaugural de la 77° Expo Rural de Neuquén el entonces presidente de la SRN, Martín Zimmermann, el pasado 27 de enero. La grata sorpresa fue que 4 días después, y luego de muchos años de solicitar esta reglamentación, se firmó el decreto dando así respuesta desde el Gobierno neuquino a un importante pedido del sector productivo provincial. Y es así que se crea, en el ámbito del Ministerio de Producción e Industria, el Sistema Provincial para la Prevención y Mitigación de Emergencias y/o Desastres Agrarios.
Tras recibir la noticia, desde la SRN expresaron: “Celebramos que haya sido dictado el decreto reglamentario de la Ley de Emergencia Agropecuaria N° 3117, sancionada en mayo pasado por la Legislatura provincial, siendo ahora necesaria su rápida instrumentación para lo cual la Dirección de Rentas deberá emitir su resolución de aplicación”.
Luego añadieron: “Todo el sector ve con gran urgencia y necesidad el que la Dirección de Rentas apruebe y resuelva la implementación de la Ley en forma inmediata para que los productores puedan solicitar los certificados de emergencias definidos en el régimen transitorio que se expresan en esta Ley y ser beneficiarios de todo lo dispuesto. Es importante tener en cuenta el que no existan deudas impositivas anterior al año 2016 o tengan planes de pagos acordados”.
Cabe aclarar que desde el Sistema Provincial para la Prevención y Mitigación de Emergencias y/o Desastres Agrarios se deberán realizar acciones tendientes a prevenir y mitigar los daños causados por factores climáticos, meteorológicos, telúricos, biológicos o físicos, imprevisibles, inevitables e inimputables al productor, que afecten significativamente la producción y la capacidad de producción, que pongan en riesgo la continuidad de las explotaciones familiares o empresariales, y que afecten, directa o indirectamente, a las comunidades rurales.
Se establece allí que a los efectos de prevenir los daños definidos en el presente artículo, el Sistema deberá realizar, entre otras, acciones de difusión y capacitación del sector productor; promoción de estrategias productivas que tiendan a impedir o minimizar los daños posibles; generación de herramientas financieras destinadas al sector productor que permitan implementar dichas estrategias y toda acción que permita lograr el objetivo planteado.
En el documento se explica que la autoridad de aplicación establecerá previa consulta no vinculante a la Comisión Provincial de Emergencias y Desastres Agrarios que crea el artículo 9º de la presente Ley, convenios específicos con los entes correspondientes estableciendo los alcances de los acuerdos, así como las responsabilidades de cada una de las instituciones participantes en las acciones técnicas y en la rendición de los fondos asignados así como los plazos de ejecución de las mismas.
Se crea entonces mediante este decreto la Comisión Provincial de Emergencia Agraria, cuya organización y funcionamiento está a cargo de la autoridad de aplicación y estará conformada por organismos públicos, privados e instituciones gremiales, como la Sociedad Rural de Neuquén.
Se puede ver el decreto completo en la web www.ruraldeneuquen.com.ar