La Comisión Observadora Permanente solicitó sesión extraordinaria por la emergencia sanitaria
La Comisión Observadora Permanente resolvió solicitar a la presidenta de la Legislatura, Gloria Ruiz, la convocatoria a sesión extraordinaria para tratar el proyecto de ley de emergencia sanitaria del sistema público provincial de salud que envió ayer el gobernador Rolando Figueroa. Así lo acordó el cuerpo por unanimidad en la reunión que realizó en el día de hoy. La intención es convocar mañana a la comisión de Labor Parlamentaria para que autoridades y jefes de bloques definan el día y horario de la sesión.
El proyecto de Figueroa busca declarar la emergencia sanitaria por un año -con posibilidad de prorrogarla por un plazo similar- y otorga facultades especiales al Ministerio de Salud, en el marco de la ley 2141 de administración financiera y control, para adquirir por contratación directa los bienes, servicios e insumos necesarios para garantizar el acceso a la salud, previo informe fundado.
En los fundamentos, el mandatario argumenta la situación crítica del sistema de salud, agravada por el “faltante de insumos médicos básicos, medicamentos, comida, maquinaria y reactivos de laboratorios que afectan el diagnóstico, la atención ambulatoria, la internación y la medicación de pacientes”
La iniciativa también crea un comité de emergencia sanitaria que deberá elevar cada 45 días a la comisión de Desarrollo Humano y Social de la Legislatura un informe sobre las condiciones sanitarias, provisión de insumos, mantenimiento del equipamiento y necesidades detectadas, como así también sobre los resultados del cumplimiento de la normativa.
La Comisión Observadora Permanente está presidida por la vicepresidenta 1°, Zulma Reina, y la integran Ernesto Novoa (Comunidad), Francisco Lépore (Avanzar), Marcelo Bermúdez (PRO), Gerardo Gutiérrez (MPN) y Brenda Buchiniz (Cumplir).
Es potestad de este cuerpo poder convocar a la Cámara a sesiones extraordinarias durante el período de receso “cuando graves asuntos de competencia legislativa así lo requieran, debiendo ésta decidir por mayoría sobre la oportunidad y necesidad de la convocatoria”, según fija el artículo 165 de la Constitución provincial al definir sus atribuciones.