San Martín de los Andes: Bases y Condiciones de la Rifa «Fiesta nacional del Montañés 2025»

BASES Y CONDICIONES RIFA «FIESTA NACIONAL DEL MONTAÑÉS 2025»
1. Emisión: la emisión constará de 5.000 (cinco mil) números enteros desde el número 001 hasta el número 5.000.
2. Valor: Pesos Veinticinco Mil ($25.000) por certificado.
3. Certificado: deberá contener datos de identificación del comprador, a saber: Nombre y Apellido, N° de DNI o Pasaporte, Teléfono de contacto y localidad.
4. Particularidades del sorteo:
a. Fecha: día de sorteo: 25/08/2024. Queda expresamente aclarado que la Municipalidad de San Martín de los Andes, en su carácter de organizador, podrá suspender y/o reprogramar la fecha indicada, cuando circunstancias no imputables a la misma o no previstas en estas Bases y Condiciones o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen. El organizador se obliga a comunicar dicha circunstancia mediante el medio masivo de difusión que estime corresponder.
b. Premio: automóvil 0 Km marca Toyota, modelo Yaris. El premio se entregará en especie, es decir, no podrá ser canjeado por su equivalente en dinero en efectivo. Las imágenes utilizadas en la difusión del premio, serán a modo ilustrativo.
c. Modalidad: sale sí o sí.
d. Participación: participarán del sorteo, todos los certificados efectivamente vendidos, que contengan de manera legible todos los datos requeridos en el punto 3 de las presentes Bases y Condiciones. La Municipalidad de San Martín de los Andes, no serán responsables si los datos de los participantes hubieran sido erróneamente consignados. e. No podrán participar del sorteo, los menores de 18 años de edad, ni los funcionarios pertenecientes a la Municipalidad de San Martín de los Andes.
e. Fiscalización: La fiscalización de los sorteos será realizada por escribano público y/o por la autoridad fiscalizadora correspondiente.
f. Procedimiento: se colocarán en una urna dispuesta a tal fin, todos los certificados vendidos, luego de ser comprobada su legitimidad por parte de personal designado por parte de la Municipalidad de San Martín de los Andes. Posteriormente se procederá a la mezcla de los certificados dentro de la urna y a la extracción de uno de ellos, que identificará al ganador del sorteo.
5. Adjudicación: será adjudicatario del premio, la persona identificada con los datos consignados en el certificado extraído.
6. Cesión de la adjudicación: el adjudicatario del premio podrá ceder el mismo ante escribano público, dentro de los treinta (30) días corridos de realizado el sorteo, debiendo acompañar dentro del mismo plazo, copia de la cesión a la Municipalidad de San Martín de los Andes. Dicha cesión deberá ser previa a la inscripción a nombre del ganador del automotor, en la Dirección Nacional del Registro Automotor.
7. Prescripción: en el caso de que el adjudicatario del premio no se presente al cobro del mismo dentro de los treinta (30) días corridos de realizado el sorteo, el premio quedará prescripto y quedará bajo el dominio de la Municipalidad de San Martín de los Andes.
8. Gastos e impuestos: el premio será entregado libre de los gastos e impuestos inherentes al bien.
9. Patentamiento: deberá realizarse dentro de la Provincia del Neuquén.
10. Retiro del premio: el ganador del premio deberá apersonarse en la concesionaria Nippon Car, calle Eugenio Perticone 2095 de la ciudad de Neuquén, a fin de completar la documentación necesaria para poder retirar el vehículo adjudicado.
11. La participación en la rifa implicará la autorización a la Municipalidad de San Martín de los Andes para la publicación de la imagen del participante, en todos los medios y lugares que los mencionados dispongan.
12. La participación en la rifa, implica el conocimiento y aceptación de las presentes bases y condiciones. Cualquier violación a las mismas podrá implicar la exclusión del participante, siempre a criterio de la Municipalidad de San Martín de los Andes. Esta última se reserva el derecho de modificar estas bases y condiciones en caso de fuerza mayor, comprometiéndose en tal supuesto, a notificar de manera fehaciente dicha decisión por los medios que considere pertinentes. Las cuestiones no contempladas en la presente y/o las dudas respecto a las que sí se encuentran contempladas, serán resueltas por la Municipalidad de San Martín de los Andes.