“Día Mundial de los Derechos del Consumidor”
Junín de los Andes.
Tenemos derecho a un etiquetado frontal de alimentos para promover la alimentación saludable.
La alimentación es un derecho; estar informados sobre lo que estamos comiendo, también. Alimentarse inadecuadamente enferma y afecta nuestra calidad de vida. Leer y comprender el etiquetado debe dejar de ser algo complejo y tedioso. El consumidor debe acceder con facilidad a la información nutricional. Para lograr esto, es necesario regular la publicidad e incluir el etiquetado nutricional frontal en los productos industrializados.
Consumidor es todo aquel que adquiere un bien o servicio para beneficio propio o del grupo familia. La protección al consumidor se da cuando se produce una relación de consumo, esta se refiere a cualquier vínculo entre el consumidor y el proveedor de bienes y servicios. De esta forma hay relación de consumo tanto cuando estas frente a una publicidad, como cuando adquirís un producto o servicio. Siempre que se es parte como consumidor en una relación de consumo, tenes derecho a la protección de la salud y a la información.
El ciudadano común generalmente desconoce qué contienen los productos o no sabe cómo interpretarlos. Elegir productos porque presentan los descriptores «light», «sin gluten» o «libre de colesterol» no garantiza que sean de una adecuada calidad nutricional. Casi siempre, estas declaraciones responden más a una estrategia de marketing que a cuestiones nutricionales. Es de suma importancia que el consumidor logre comprender y pueda interpretar la información nutricional de los productos. Numerosos estudios avalan esta afirmación: quienes leen y comprenden el etiquetado nutricional tienden a elegir con mayor frecuencia productos saludables.
El problema de la obesidad en Argentina, es muy grave, preocupante y desafía al estado a impulsar políticas regulatorias para dar respuesta efectiva sanitaria a esta problemática. Con toda la evidencia existente sobre el daño que causa el consumo excesivo de azúcar, en Argentina no es obligatorio para la industria declarar la cantidad de azúcar agregada que posee el alimento procesado. Así, el consumidor no está accediendo a esa información y por tanto no puede ejercer su pleno derecho”. Por eso es necesario avanzar a un sistema de etiquetado de alimentos y bebidas que garantice la posibilidad de ejercer los derechos los consumidores y proteger la salud de la población, en especial a los más vulnerables como los niños, niñas y adolescentes.
Argentina debe dar una solución a esta problematica, ya que no sólo los datos hablan de una epidemia difícil de controlar, sino porque no hay duda de que estamos ante un problema de salud pública y no de decisiones individuales. Argentina tiene la segunda tasa más alta de sobrepeso en menores de 5 años de América Latina y el Caribe con un 9,9%, según el Panorama de Seguridad Alimentaria y Nutricional elaborado por OPS/OMS y la FAO.
Información relacionada:
INFORME SOBRE ETIQUETADO FRONTAL (2018)
https://www.hcdn.gob.ar/proyectos/proyecto.jsp…
PROYECTO DE LEY (11/2018): https://www.hcdn.gob.ar/proyectos/proyecto.jsp…
LINK WEB:
http://puntosaludable.redsalud.gob.ar/…/saber-lo-que-comem…/