Amplían la Fase 1 en Junín de los Andes, con aperturas de comercios, construcción y actividades físicas

Sociedad.
Junín de los Andes. El intendente Carlos Corazini junto al Director del Hospital Dr. Agustín Fagés llevaron adelante una conferencia de prensa al medio día en el salón del Bicentenario, en la que informaron de un nuevo caso positivo de COVI-19 en la localidad.
El intendente informó sobre el neuvo decreto que habilita aperturas de comercios y otras actividades, y en su moemnto Fagés informo sobre los 8 casos activos y uno recuperado, tambien contestó preguntas como que el rango de edad de los contagiados van desde niños hasta personas mayores.

A continuacion el decreto para que lo bajes y puedas tenerlo presente en todo momento.
DECRETO 228/2020
REFERENTE: NUEVAS MEDIDAS EN LA LOCALIDAD
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE JUNIN DE LOS ANDES
D E C R E T A
✔ARTÍCULO 01º): DISPONGASE y COMUNIQUESE a la población residente y no residente de la localidad de Junin de los Andes que a partir de las 8:00 hs del día MIÉRCOLES 23 y hasta el MIÉRCOLES 29 (inclusive) de Septiembre de 2020
se DETERMINA la salida Parcial de la Fase 1, ante los considerandos expresados precedentemente.———————-
✔ARTÍCULO 02º: ESTABLÉZCASE y DISPONGASE, lo siguiente:
a) Se RESTRINGE EL HORARIO DE CIRCULACION DE 8:00 a 20:00 hs
b) APERTURA DE TODOS LOS LOCALES COMERCIALES con la aplicación de los protocolos sanitarios oportunamente aprobados y cumplimiento de las modalidades de trabajo. Los cuales serán controlados por las Autoridades, Municipales, Provinciales y Nacionales;
c) Se DISPONE la APERTURA DE LOCALES GASTRONÓMICOS CON INGRESO DE CLIENTES DE 8:00 A 20:00 HS y HASTA LAS 00:00HS SERVICIO DE DELIVERY con la debida OBLEA DE AUTORIZACIÓN OTORGADA POR LA MUNICIPALIDAD DE JUNIN DE LOS ANDES;
d) SE HABILITAN LAS ACTIVIDADES Deportivas en los Gimnasios Habilitados con los Protocolos Aprobados, los cuales serán controlados por la Subsecretaría de Deportes de la Municipalidad;
e) Se HABILITAN las actividades recreativas (ciclismo, caminatas recreativas y running, dentro del casco urbano (delimitado por el puente sobre el Río Curruhué y el puente sobre el Río Chimehuín). BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA NO SE PODRÁ EXCEDER LOS LÍMITES ESTABLECIDOS.
f) Se SUPENDEN LAS REUNIONES: DEPORTIVAS, (ENTRENAMIENTOS AL AIRE LIBRE), RELIGIOSAS, SOCIALES Y FAMILIARES. (de hasta 10 personas).
g) Queda exceptuada la circulación minina, Luego de las 20:00 hs, solo para el personal esencial y Delivery autorizados.
h) Queda Prohibido la circulación a la Ciudad de San Martin de los Andes, salvo el personal exceptuado y todas aquellas personas que cuenten con certificados y/o turnos de atención medica, presentando el Certificado Único Habilitante para la circulación, acatando las normas preventivas establecidas.
✔ARTÍCULO 03º: NOTIFICASE: que la MUNICIPALIDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, PRIORIZARA A TRAVES DE LA SECRETARIA DE OBRAS, SERVICIOS PÚBLICOS Y PLANEMAIENTO URBANO EL SERVICIO DE RECOLECCION DE RESIDUOS, LIMPIEZA URBANA, MANTENIMIENTO DE CALLES Y LA CONTINUIDAD DE LAS OBRAS PÚBLICAS MUNICIPALES INICIADAS OPORTUNAMENTE.——————————————————
✔ARTÍCULO 04º: SE DISPONE LA APERTURA DE LAS OFICINAS DE RECAUDACION MUNICIPAL conforme lo establecido en la Resolución N° 018/20 del Ministerio de Salud de la Provincia. —————————————————–
✔ARTÍCULO 05º: ADHERIR en todos sus términos al DECRETO PROVINCIAL Nº 1025/20 de fecha 09/09/2020.————————————————————————————–
✔ARTÍCULO 06º: NOTIFICASE: a la POBLACION EN GENERAL que el SERVICIO DE TRANSPORTE URBANDO DE PASAJEROS DEBERA TRANSPORTAR UN MAXIMO DE 25 PASAJEROS y solo realizará dos recorridos a la mañana y dos recorridos a la tarde.—————————
✔ARTÍCULO 07º: SE INSTA a la POBLACION EN GENERAL acatar las medidas de prevención y distanciamiento Social, “REDUCIENDO EL CONTACTO, SE REDUCIRAN LAS POSIBILIDADES DE CONTAGIO”.————————————
✔ARTÍCULO 08º: NOTIFICAR: al Concejo Deliberante, al Juzgado de Faltas Municipal, y todas las Instituciones Civiles , Privadas y Dependencias Provinciales Adherir a este Decreto. ———————————————————————-
✔ARTÍCULO 09º: INFORMAR: a la Población en General que de aumentar la cantidad de casos positivos de COVID 19 en nuestra localidad y/o lo Establecido por el Comité de Emergencia Local, se podrá suspender parcial o totalmente esta médica.——————————————————————
✔ARTÍCULO 10º): DESE amplia difusión escrita y oral. Mediante las formas de estilo publíquese en el Boletín Oficial Municipal en un todo y conforme lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal, Parte Octava, Cláusula complementaria 2, inciso c.——————————————————————–
✔ARTÍCULO 11°: REFRENDARA la presente el Sr. Vice intendente Municipal Ignacio E. Flores. ————–
✔ARTICULO 12º): Cumplido, Archívese. —————————–