Gutiérrez pide ratificación legislativa del Consenso Fiscal 2020
Política.
El gobernador Omar Gutiérrez presentó un proyecto para que la Legislatura ratifique el convenio denominado ‘Consenso Fiscal 2020’ firmado días atrás entre las provincias y el gobierno nacional. La medida faculta al Ejecutivo provincial a disponer las reestructuraciones, modificaciones o reasignaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a dicho acuerdo. El pacto prorroga la suspensión de compromisos firmados en la versión del 2017, mantiene las exenciones y escalas de alícuotas para Ingresos Brutos que fijó el Consenso 2019, al tiempo que suspende los reclamos judiciales de las provincias hacia Nación por coparticipación y fija nuevos límites para los endeudamientos de las jurisdicciones en moneda extranjera.
Desde el año 2017, las provincias vienen firmando con Nación estos “instrumentos” de compromisos fiscales que apuntan a “armonizar las estructuras tributarias de las distintas jurisdicciones”. La Legislatura ratificó los Convenios precedentes correspondientes al 2017 y 2018 mediante las leyes 3090 y 3178, respectivamente. En el 2019, el Consenso Fiscal fue modificado a partir del “aumento significativo de la vulnerabilidad económica y social de vastos sectores de la población”. En esa oportunidad, el acuerdo con Nación se convalidó mediante ley provincial 3228.
El actual contexto macroeconómico y social, marcado por la pandemia del COVID-19, “y la grave crisis económica” que atraviesan el Estado nacional y las provincias vuelven imprescindible la incorporación de nuevos cambios en el pacto fiscal para el próximo año, según describe el gobernador en la fundamentación de la propuesta.
Gutiérrez asegura, en el proyecto, que la firma con Nación propicia “el equilibrio de las cuentas públicas, la armonización de las competencias, servicios y funciones a cargo de las distintas jurisdicciones y el logro de un sistema tributario justo y equitativo”.
En ese sentido, en materia tributaria provincial, se acordó prorrogar hasta fin del próximo año la suspensión de los compromisos asumidos en consensos anteriores para exenciones y/o escalas de alícuotas contempladas para el 2020 y el 2021. En cuanto a Ingresos Brutos, se mantendrán tanto las exenciones como las alícuotas previstas en el consenso vigente. A la vez, se acordó profundizar la adecuación del funcionamiento de los regímenes de retención, percepción y recaudación, de manera de respetar el límite territorial de la potestad tributaria de las jurisdicciones y evitar la generación de saldos inadecuados o permanentes a favor del contribuyente.
Respecto del Impuesto Automotor, se convino establecer como base imponible del mismo, como valores mínimos, las valuaciones de los vehículos automotores que establezca la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios (DNRNPAyCP), fijar como alícuota mínima anual del tributo un 2% de la base imponible, excepto para el caso particular de los automotores vinculados a actividades productivas. Asimismo se pactó promover la adhesión de los gobiernos municipales a esta política tributaria para el caso de aquellas jurisdicciones que han delegado el tributo en la órbita municipal, como es el caso de la provincia.
En cuanto a los requisitos para endeudarse, apuntando a un “endeudamiento responsable”, se determinó que a partir del 31 de diciembre de 2020 y durante el plazo de un año, las provincias no podrán incrementar el stock de deuda denominada en moneda extranjera respecto a los valores registrados a esa fecha.
Por último, en materia de procesos judiciales, se acordó que las provincias se abstendrán de iniciar procesos judiciales por un período de un año, al tiempo que suspenderán por igual término los ya iniciados, relativos al régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, a afectaciones específicas de recursos y transferencias de competencias, servicios o funciones, por hechos anteriores a la entrada en vigencia del Consenso Fiscal 2020, con excepción de aquellos que cuenten con sentencia firme y aquellas acciones que se inicien al solo efecto de interrumpir la prescripción, cuando esta se produzca durante el lapso antes referido.
Finalmente, se garantiza que no se incrementará la carga tributaria a las empresas con mayor vulnerabilidad económica, cuya estabilidad fiscal -garantizada mediante ley 3221- se mantendrá.
El proyecto de ley (14027) ingresó por Mesa de Entradas el 9 de diciembre.