Normativa para regular la responsabilidad del Estado
Política.
El bloque Demócrata Cristiano presentó un proyecto de ley que fija las bases para llenar un vacío legal en materia de responsabilidad del Estado ante daños causados a sus administrados. La iniciativa consta de 11 artículos, define responsabilidades tanto por actividad, actividad legítima y por inactividad ilegítima dentro del ámbito del derecho público provincial neuquino.
En ese sentido, advierte que ante un daño debidamente acreditado y mensurable en dinero o por falta de servicio en una actuación, el Estado provincial tendrá que responder y resarcir a través de un acto indemnizatorio a la persona damnificada.
Advierte que tanto funcionarios como agentes públicos pueden ser declarados responsables por el daño ocasionado en caso de –por acción u omisión- incumplir con sus funciones públicas.
De igual modo, el proyecto determina que el Estado no es responsable de los perjuicios que ocasione un contratista o concesionario de servicios, salvo que la acción u omisión pueda derivarse de instancias de control o regulación del servicio en cuestión.
También aclara la iniciativa que habrá un plazo de tres años para demandar al Estado por supuestos actos de responsabilidad extracontractual. Añade que dicho plazo comienza a correr a partir de la verificación del daño demandado.
En sus fundamentos, la iniciativa explica que la intención es dotar a la provincia de un sistema integral que pueda cubrir lesiones o daños producidos por todo tipo de actividad o inactividad administrativa –lícita o ilícita– que los particulares no deban jurídicamente soportar.
Recuerda que a nivel nacional rige la Ley 26.944, sancionada en 2014, norma que constituyó la primera en materia de Responsabilidad del Estado en tanto persona jurídica pública. En ese sentido, sostiene que la misma permitió aportarle un marco legal a las demandas entabladas contra el Estado nacional y las provincias, instancia de pedido de resarcimiento que con anterioridad recaía en tribunales en general y ante la Corte Suprema de Justicia en particular.
Añade que en ambas instancias siempre se tomaron decisiones según los principios constitucionales de igualdad ante las cargas públicas, derecho de propiedad y deber de no dañar para poder resolver los litigios llevados a su conocimiento.
El proyecto (14266) ingresó por Mesa de Entradas el 19 de abril con la firma de los diputados Carlos Coggiola, Raúl Muñoz y la legisladora Elizabeth Campos (DC).