Quieren crear un Registro Provincial de Obstructores de Vínculo
Política.
El diputado Carlos Coggiola, del bloque Partido Demócrata Cristiano, presentó un proyecto de ley para crear el Registro Provincial de Obstructores de Vínculo de los hijos o hijas con su madre, padre o familia extendida.
La iniciativa plantea que la inscripción o baja del registro se realizará por orden judicial de oficio o a requerimiento de parte. Las personas registradas no podrán desempeñarse en la función pública provincial, postularse a ejercer cargos electivos ni obtener licencia de conducir. Tampoco podrán ser contratistas o proveedoras del Estado provincial u obtener habilitaciones, concesiones, licencias, permisos o celebrar contratos con el mismo.
El proyecto considera como obstructores de vínculo a aquellas personas que impiden el vínculo con los hijos o hijas al otro padre, madre, abuelo o abuela –conviviente o no-, existiendo una orden judicial de cumplimiento de régimen de comunicación a favor de uno de ellos o de reintegro al hogar de residencia principal y que, a requerimiento judicial, mantengan la actitud obstructiva. La definición también alcanza a madres y padres comprendidos en el artículo 700 inciso b del Código Civil y Comercial que son quienes hacen abandono del hijo o hija, dejándoles en estado de desprotección, aun cuando quede bajo el cuidado del otro progenitor o la guarda de un tercero.
El registro funcionará en forma conjunta con el de deudores alimentarios morosos, creado por ley 2333 y modificado por ley 2885. Entre las funciones propuestas, deberá registrar en un plazo no mayor a 48 horas las altas y bajas que ordene por oficio el Poder Judicial, indicado la causa de la incorporación; extender certificados de inclusión o no ante el requerimiento de cualquier persona; llevar un listado completo y actualizado y publicarlo en una página web habilitada a ese efecto como así también en boletín Oficial al menos una vez cada seis meses, previa autorización judicial. Además, deberá poner el listado en conocimiento del Tribunal Superior de Justicia, Tribunal Electoral Provincial y el Consejo de la Magistratura.
En los fundamentos, el autor remarca que la pandemia no sólo atacó la salud de la población sino que también agravó situaciones familiares en que se encuentran involucrados los niños y niñas. En ese sentido, advierte situaciones de vulneración de los derechos de niños y niñas a relacionarse y tener contacto con su familia no conviviente, o se ven impedidos de regresar a su hogar de residencia principal, muchas veces por enfrentamiento de adultos más que por cuestiones de salud.
Explica que el proyecto “es una herramienta más a la hora de perseguir, cuando de forma natural no se presenta, el respeto al vínculo como derecho-deber por medio de los Regímenes de comunicación para los menores de edad que forman parte de los Derechos que dan cumplimiento a los fines del integro goce de sus más elementales derechos como es el mantener comunicación, alimento, la salud, la educación y la vivienda”. El objetivo de la iniciativa, subraya, es otorgar una real protección de derechos y obligaciones y una equidad para el control de los máximos abusos presentes en las separaciones con hijos e hijas menores como son las obligaciones alimentarias y regímenes de comunicación.
El proyecto (13953) ingresó por Mesa de Entradas el 16 de noviembre.