Beneficios impositivos para operaciones incluidas en el Régimen de incentivo a la construcción y acceso a la vivienda
Política.
El diputado Carlos Coggiola (PDC) presentó un proyecto para eximir del pago del impuesto de sellos a las operaciones contempladas en el Régimen de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda, establecido por ley nacional 27613.
Las personas interesadas en obtener el beneficio fiscal deberán tramitar la respectiva exención ante Dirección Provincial de Rentas, de acuerdo a la normativa que el organismo dicte a tal fin y que permita constatar la efectiva sujeción al Régimen en cuestión.
A fin de replicar el criterio, se invita a los municipios a adherir a la ley y otorgar así incentivos tributarios municipales respecto de los actos, contratos, obligaciones y/u operaciones que se realicen en el marco de dicho Régimen.
La ley 27613 convoca a las provincias a que establezcan exenciones en el impuesto de sellos y promuevan que sus municipios otorguen incentivos tributarios del mismo orden, en el marco del régimen establecido por la propia norma. Bajo dicho precepto, la finalidad de la ley es dinamizar el sector de la construcción “sobre todo en un contexto de pandemia que atenta contra el desarrollo económico y requiere de la adopción de medidas para afrontar las diversas situaciones críticas que ella genera”, asegura el legislador.
El proyecto (14724) ingresó por Mesa de Entradas el 14 de octubre.