Junín de los Andes: envió $240 mil por error y el receptor se quedó con el dinero y la Justicia dijo “no es estafa”
Junín de los Andes.- Un error al digitar los datos en la aplicación terminó en tribunales, pero sin el final penal que esperaba el afectado. Un vecino de esta localidad neuquina transfirió por equivocación $240.000 a través de Mercado Pago a un destinatario equivocado, quien se negó a devolver el dinero. Ante esto, el damnificado presentó una denuncia por estafa, pero la Justicia provincial determinó que no existe delito y desestimó la causa en el fuero penal.
El pasado viernes 6 de febrero, el juez de garantías Juan Pablo Balderrama ratificó en audiencia la resolución del Ministerio Público Fiscal que ya había considerado que los hechos no configuraban un ilícito penal. Según informó el sitio oficial del Poder Judicial de Neuquén (Jusneuquen), el magistrado explicó con claridad los motivos de su decisión.
“El sistema penal es la última ratio, la última herramienta que tiene el Estado para resolver conflictos”, señaló Balderrama al fundamentar su fallo. Detalló que para que se configure el delito de estafa deben concurrir cuatro elementos indispensables: un ardid o engaño, que ese engaño genere un error en la víctima, un desprendimiento patrimonial y un perjuicio efectivo. “En este caso no se dan esos cuatro elementos”, afirmó el juez, ya que no existió maniobra fraudulenta ni engaño por parte de quien recibió el dinero: simplemente se trató de un error del propio remitente al seleccionar el destinatario.
El magistrado fue enfático en diferenciar los ámbitos: el cierre de la causa penal no deja al denunciante sin opciones. “Está prevista en el Fuero Civil la posibilidad de reclamar por enriquecimiento sin causa o sin justificación”, aclaró Balderrama. Esta figura del Código Civil y Comercial permite exigir la restitución de un beneficio obtenido sin base legal, y el damnificado puede iniciar una acción civil individual para intentar recuperar los $240.000.
El caso vuelve a exponer los riesgos cotidianos de las transferencias digitales en un contexto de uso masivo de billeteras virtuales como Mercado Pago. Errores de tipeo o distracciones al momento de ingresar un CVU o alias pueden derivar en sumas importantes en manos ajenas, y la Justicia neuquina marca un límite claro: sin prueba de intención dolosa o engaño activo por parte del receptor, la vía penal queda descartada.
Con esta resolución, se refuerza la idea de que muchos de estos conflictos por transferencias erróneas deben resolverse en el ámbito civil, donde se evalúa la obligación de restituir lo recibido indebidamente, aunque el proceso suele ser más lento y requiere iniciativa del afectado.
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