Contundente respuesta del intendente Saloniti a los seis cargos que impulsaban un juicio político
San Martín de los Andes.- El intendente de San Martín de los Andes, Carlos Saloniti, respondió detalladamente a los seis cargos con los que una vecina impulsaba un juicio político, durante una Sesión Especial convocada este jueves por el Concejo Deliberante, a pedido del propio mandatario.
El jefe comunal utilizó casi cuatro horas para referirse a los cargos sobre el sistema de saneamiento y el lago Lacar; la deuda con el Ente Provincial de Energía (EPEN); los controles de las obras en el Cerro Chapelco; la supuesta obstrucción de la Contraloría Municipal; supuesto desacato a una Medida Cautelar y el Convenio Colectivo de los trabajadores municipales; y la falta de participación ciudadana en el Plan de Ordenamiento Territorial.
Tras la exposición, el Concejo Deliberante pasó a un cuarto intermedio al cabo del cual se pronunciará sobre la viabilidad de avanzar con un proceso de Juicio Político. Saloniti estuvo acompañado en el recinto por sus secretarios mientras que recibió el respaldo de cientos de vecinas y vecinos que se movilizaron hasta las puertas del legislativo comunal.
Dentro del recinto, además de los concejales, estuvieron el Defensor del Pueblo y del Ambiente, Fernando Bravo; y el juez de Faltas, Carlos Sánchez Galarce. Fuera del edificio, representantes y afiliados de los sindicatos ATE, UTA; de comisiones barriales, organizaciones sociales, instituciones deportivas y representantes de entidades de culto.
Las respuestas del jefe comunal incluyeron datos técnicos rigurosos, antecedentes administrativos, citas de expedientes y contextos sociales y políticos en la toma de decisiones. Con ese material, que llevó al Concejo Deliberante encarpetado y colocado en cajas, Saloniti refutó cada uno de los argumentos utilizados por la denunciante. Una copia de la documentación utilizada quedó en el Legislativo comunal.
“No les pido que compartan cada decisión de mi gobierno. No les pido que dejen de controlar. Les pido rigor y, recién después de hacer ese análisis, que se pregunten cuál es exactamente la conducta personal que se me atribuye”, señaló el intendente, luego de responder cada acusación con la que la denunciante pretendió generar un proceso de Juicio Político que hubiese significado, en primera instancia, la suspensión del cargo del jefe comunal.
“Sé que muchas veces los vecinos están cansados. Quien espera una calle, una vivienda, una cloaca, una respuesta o una solución ambiental no quiere escuchar hablar de competencias y expedientes. Quiere una solución. Lo comprendo. Y ésa es una de las partes más difíciles de gobernar: saber que detrás de cada expediente hay una persona, pero también saber que cada decisión utiliza recursos que pertenecen a todos”, afirmó.
Respuestas a los seis cargos
Primer cargo: Sistema Cloacal y Lago Lacar
“La Cooperativa de Agua Potable aclaró públicamente el 19 de mayo que nunca había diagnosticado un colapso general del sistema y que las plantas se encontraban en funcionamiento continuo y regular. No es lo mismo decir hay una infraestructura exigida que necesita inversión que afirmar todo el sistema está colapsado”.
“El problema de los barros cloacales fue abordado mucho antes de esta denuncia. Se gestionó asistencia financiera, se acondicionó el sitio de tratamiento, se tomaron recomendaciones de impermeabilización, geomembrana, compactación y drenaje”.
“En el contexto del Pacto de Gobernanza con el Gobierno de Neuquén, se obtuvo un aporte provincial no reintegrable de $128.063.423,28, que la Cooperativa recibió en agosto de 2025, para mejorar la capacidad operativa de las plantas y la provisión de agua”.
“Junto con Provincia, esta Administración sumó inversiones en renovación de lámparas y balastos del sistema Ultra Violeta de la PTE-3, bombas para el tratamiento de barros, equipos de laboratorio y elementos de seguridad”.
“En 2025 se otorgó un aporte extraordinario de catorce millones de pesos para el sistema Ultra Violeta de la PTE-1”.
“En reuniones entre el Municipio, el Organismo de Control Municipal, la Cooperativa y el Ente Provincial de Agua y Saneamiento, se identificó como prioritarios para la planta que protege al Lago Lacar un grupo electrógeno, dos nuevos sopladores y un equipo deshidratador de lodos. La compra ya se tramita, con una inversión estimada en 600 millones de pesos”.
“En el marco de la infraestructura vinculada al desarrollo del barrio Aitue, se proyectó incorporar a la Planta N° 3 un filtro de discos de tratamiento terciario, que permitirá mejorar la calidad final del efluente, con un presupuesto asignado de 951.636.140 pesos”.
“Las inversiones actuales y proyectadas en saneamiento no resuelven definitivamente todos los desafíos del saneamiento. No sería serio decir eso. Pero tampoco sería serio describir una administración inmóvil cuando existen expedientes, licitaciones y casi 1.552 millones de pesos destinados a mejorar ambas plantas”.
Segundo cargo — Deuda y suministros de EPEN
“Desde 2006 existe un mecanismo de compensación entre la Municipalidad y el EPEN que, durante muchos años, funcionó sin generar deuda municipal. En 2022, frente a una situación financiera compleja de la Cooperativa de Agua, el Municipio asumió el pago de electricidad de los bombeos de las plantas PTE-1 y PTE-3. Porque el agua y el saneamiento son servicios esenciales que no pueden parar porque exista una discusión financiera”.
“Recién en 2024 comenzó a aparecer un saldo a favor del EPEN y durante 2025 el desequilibrio se hizo mucho más fuerte, entre otras razones por el incremento de las tarifas eléctricas, el crecimiento del alumbrado y la cantidad de suministros. La deuda nació cuando un esquema de compensación de casi veinte años dejó de equilibrarse frente a una ciudad y a costos que habían cambiado”.
“De los 286 suministros, 150 corresponden a alumbrado público. Otros 91 son de uso general. Hay 26 residenciales, 15 de mediana demanda y 4 de gran demanda. La gran mayoría de los medidores significan iluminación de calles y plazas, bombas de agua, plantas de tratamiento, espacios comunitarios, infraestructura vial, dependencias, viviendas y servicios que la ciudad fue incorporando con el tiempo”.
“El trabajo serio no es señalar un número de medidores. Es saber qué hay detrás de cada número. También sirve mirar qué parte de esa base corresponde al período de esta gestión. Desde diciembre de 2019 se incorporaron 82 suministros. Los otros 204 ya existían antes. Esto demuestra que estamos frente a una acumulación histórica y no frente a un sistema creado en los últimos seis años”.
De los 82 nuevos suministros de los últimos seis años, 31 son alumbrado público; 30 son vinculados, entre otras cosas, a bombas, plazas, espacios públicos e infraestructura; 18 son suministros residenciales; dos son de mediana demanda y uno de gran demanda. La enorme mayoría no son una expansión burocrática, son loteos, plazas, senderos, bombas, viviendas, espacios comunitarios y servicios que antes no estaban”.
“Detectado el desequilibrio con EPEN, la decisión fue trabajar en dos planos al mismo tiempo: regularizar la deuda y corregir las causas administrativas que podían seguir generándola. Refinanciamos la deuda para pagarla sin destruir el funcionamiento cotidiano de la Municipalidad y empezamos a revisar cada suministro y la potencia contratada”.
“Hay, además, suministros vinculados a situaciones sociales y a viviendas de familias vulnerables. Administrativamente sería fácil mirar una planilla y decir: ‘esto no es una oficina municipal, córtenlo’. Pero, detrás de un número, puede haber una familia, una asistencia otorgada hace años o una situación que requiere intervención de Desarrollo Humano. Esos casos deben revisarse uno por uno”.
“Una cosa es ordenar administrativamente los suministros y otra muy distinta es presentar todos esos consumos como si fueran ilegítimos, injustificados o ajenos al interés municipal. No estamos ocultando los suministros. Los estamos relevando, clasificando y ordenando. Pero también tenemos la obligación de explicar por qué existen y qué realidad humana hay detrás de cada uno de ellos”.
Tercer cargo — Medida Cautelar del TSJ y Convenio Colectivo
“Hay una distinción que considero fundamental: una cosa es discutir la constitucionalidad de una norma y otra cosa muy distinta es incumplir una orden judicial. Aquí se pretende transformar una discusión jurídica, que todavía se encuentra sometida al Tribunal Superior de Justicia, en una imputación personal al intendente de desobediencia. Son cuestiones completamente diferentes”.
“Puedo sostener jurídicamente que una norma es constitucional y, al mismo tiempo, cumplir una resolución cautelar que suspende provisionalmente sus efectos. Eso es precisamente respetar al Poder Judicial”.
“Para imputarme incumplimiento de una orden judicial deben responderse preguntas elementales. ¿Cuál fue la orden judicial concreta dirigida a este Intendente? ¿Qué conducta específica debía realizar? ¿Qué conducta específica debía abstenerme de realizar? ¿Qué acto dicté contrariando esa orden? ¿Qué decisión de la CIAP ejecuté automáticamente después de la cautelar? Porque la responsabilidad política no puede fundarse en abstracciones, tiene que existir una conducta concreta”.
Cuarto cargo — Obras en el Cerro Chapelco
“La hipótesis que la denuncia pretende instalar es, en términos generales, que el Municipio habría abandonado el ejercicio del poder de policía ambiental. Sin embargo, cuando se incorporan todos los antecedentes, aparece una administración que inspeccionó, paralizó, exigió documentación, pidió ampliaciones, sometió la cuestión a evaluación técnica, revisó decisiones, impuso medidas de mitigación, intimó, labró infracciones y llevó el procedimiento ambiental a una instancia en la que participó el propio Concejo Deliberante”.
“El 30 de enero de 2026 el Municipio constató que la empresa concesionaria del Cerro Chapelco realizaba movimientos de suelo en la playa de estacionamiento, sin autorización municipal. Constatada la irregularidad, el Municipio ordenó la paralización de los trabajos. ¿Quién realizó los movimientos de suelo? La concesionaria. ¿Quién detectó el incumplimiento? La Administración municipal. ¿Qué hizo cuando lo detectó? Paralizó. La infracción de un tercero no puede ser transformada, sin más, en prueba de que el Municipio renunció a controlar: cuando la irregularidad fue constatada, se ordenó detener la obra”.
“Que una decisión administrativa pueda ser discutida no significa que constituya mal desempeño. El juicio político no puede convertirse en un mecanismo para castigar retrospectivamente toda decisión que alguien hubiera preferido tomar de otro modo. Para hablar de mal desempeño debe existir una conducta grave, personal y funcionalmente reprochable, no simplemente una controversia administrativa”.
“Cuando la Administración detecta una situación que requiere mitigación o reparación y le ordena al responsable que actúe, está ejerciendo poder de policía. Si hubiera querido desconocer el problema o si hubiera querido favorecer a la empresa, no habría detenido la obra. Si hubiera querido desentenderse del ambiente, no habría impuesto obligaciones de mitigación y remediación”.
“El 23 de abril este Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza N° 15.593/26, mediante la cual aprobó la Factibilidad Ambiental de la Playa de Estacionamiento del Cerro Chapelco, sobre la base del Informe de Factibilidad Ambiental tramitado en el expediente. No estamos, entonces, frente a un procedimiento que quedó abandonado o indefinidamente inconcluso. El procedimiento continuó, fue evaluado técnicamente, llegó a este Concejo Deliberante y culminó con una decisión institucional”.
“Mi argumento, por supuesto, no es que una ordenanza pueda borrar mágicamente cualquier cuestión anterior. El punto es mucho más concreto: existió un procedimiento ambiental real, que ese procedimiento tuvo estudios, observaciones, ampliaciones, evaluación técnica, participación institucional y una decisión final aprobada por el Concejo Deliberante. Esa realidad es incompatible con la idea de una omisión sostenida y deliberada del poder de policía ambiental”.
“Quiero referirme ahora a la segunda parte del cargo sobre el Cerro Chapelco: el nuevo medio de elevación, el sistema de cañones de nieve, el reservorio de agua y las nuevas líneas eléctricas. Este conjunto no puede confundirse con el expediente municipal de la playa de estacionamiento. La licitación, los pliegos, las obligaciones de inversión y la adjudicación fueron tramitados a nivel provincial (…) La metodología de la denuncia es equivocada, porque mezcla expedientes, obras, autoridades y competencias y luego atribuye todo el conjunto a una única persona”.
“No puede juzgarse la actuación del Intendente confundiendo la conducta de la concesionaria con la conducta del Municipio; ni mezclando la playa de estacionamiento con todas las obras de la concesión; ni atribuyendo al Departamento Ejecutivo decisiones que correspondieron al poder concedente provincial. El expediente puede ser objeto de debate técnico o jurídico, pero no puede saltarse a una causal extrema de responsabilidad política. Para eso se requiere acreditar una conducta personal, grave, concreta y atribuible al Intendente. Y esa conducta no surge de los antecedentes”.
Quinto cargo – Contraloría Municipal
“La Contraloría tiene que controlar. Y un intendente no tiene derecho a impedir ese control. Ahora bien, controlar no significa gobernar. La Contraloría observa, informa, cuestiona y recomienda. El Ejecutivo administra, decide y, cuando corresponde, responde o corrige. Entre ambos pueden existir diferencias. Las notas que recibimos y que son muchas has sido contestadas en su enorme mayoría, pero algunas fueron puestas en consideración de las áreas correspondientes y también se encuentran en fase de evaluación”.
Sexto cargo – Participación ciudadana y Audiencia Pública en el Plan de Ordenamiento Territorial
“El sexto cargo pretende presentar como un proceso irregular, opaco y deliberadamente defectuoso lo que, en los hechos, constituye uno de los procesos de planificación territorial y participación ciudadana más amplios desarrollados por el Municipio”.
“Se afirma que el Departamento Ejecutivo habría eludido deliberadamente la audiencia pública exigida por la Carta Orgánica Municipal. La afirmación es incorrecta. El artículo 59 inciso 4 de la Carta Orgánica establece la exigencia de audiencia pública para la aprobación de proyectos de ordenanza que dispongan la aprobación o modificación de normas ambientales y urbanísticas”.
“Una vez concluida la asistencia técnica y elaborado el proyecto de Código de Planeamiento Urbano, éste será sometido al procedimiento correspondiente, incluida la audiencia pública exigida por la Carta Orgánica”.
“No puede sostenerse de buena fe que el Departamento Ejecutivo ni el Concejo Deliberante hayan omitido responder esta cuestión o que haya intentado sustraer el proyecto del mecanismo de participación establecido por la Carta Orgánica. Existe una diferencia fundamental entre participar en la elaboración de un instrumento técnico de planificación y aprobar una norma urbanística”.
“El proceso participativo contradice la acusación. La participación ciudadana constituyó uno de los ejes centrales del proceso desde su inicio. La asistencia técnica contempló reuniones con colegios profesionales, prestadores de servicios, representantes de juntas vecinales, cámaras empresarias, integrantes del Concejo Deliberante y distintas áreas municipales. A estas instancias se sumaron encuentros públicos y abiertos destinados a informar los avances y promover el intercambio con la comunidad”.
“Durante cuatro semanas funcionaron once comisiones temáticas: Ambiente; Infraestructuras; Plan de Movilidad Urbana; Programa de Barrios; Kaleuche; Plan de Acceso al Hábitat; Juventud; Discapacidad; Adultos Mayores; Patrimonio; y Ordenamiento Territorial y Código de Planeamiento Urbano. Esto contradice de manera categórica la idea de un proceso cerrado u opaco. Resulta particularmente significativo que quien hoy cuestiona la falta de instancias de participación pública no registre participación en ninguna de las comisiones creadas”.
“El sexto cargo pretende construir, a partir de hechos administrativos diferentes y de documentos de naturaleza diversa, la existencia de un supuesto patrón de ocultamiento, manipulación y elusión de los mecanismos de participación y control. Sin embargo, cuando se observa el proceso completo, la conclusión es exactamente la contraria. Este cargo carece de sustento para acreditar una conducta deliberada de ocultamiento, adulteración de registros, elusión de la participación ciudadana u opacidad administrativa atribuible al Intendente Municipal”.
En el tramo final de su exposición, el intendente Saloniti señaló: “No reivindico una gestión perfecta. Reivindico una gestión que trabaja, que gestiona, que corrige, que busca recursos y que asume responsabilidades. Voy a rendir cuentas de cada decisión que me corresponda. Voy a entregar cada expediente. Voy a escuchar cada crítica y voy a corregir aquello que haya que corregir. Pero con la misma convicción digo: no abandoné mis funciones. No dejé de gestionar. No desobedecí deliberadamente a la Justicia. No renuncié al control ambiental. No impedí el funcionamiento de las instituciones de control. Y no ocultamos a la comunidad un proceso de planificación que fue construido mediante decenas de reuniones abiertas. Una cosa es controlar a un gobierno y otra muy distinta es transformar las dificultades propias de gobernar en una causal de destitución”.
“Confío en las instituciones de San Martín de los Andes. Y confío en que nuestra comunidad entiende algo sencillo: gobernar no es prometer que no habrá problemas. Gobernar es enfrentarlos. Y eso es lo que hicimos. Eso es lo que estamos haciendo. Y eso es lo que voy a seguir haciendo mientras los vecinos de San Martín de los Andes me hayan confiado esta responsabilidad”, concluyó el mandatario comunal.
El intendente estuvo acompañado, por vecinos y funcionarios en el recinto.



















