Ley de Tierras: “Hoy cualquier extranjero no tiene límite para adquirir tierras que estaban protegidas”, advirtió el jurista Pablo Gutiérrez Colantuono

El fallo de la Corte Suprema de Justicia del 29 de septiembre que dejó sin efecto el amparo contra la derogación de la Ley de Tierras Rurales puso al Congreso en el centro de la escena. Para el doctor en Derecho de Neuquén, Pablo Gutiérrez Colantuono, la decisión no resuelve la constitucionalidad del DNU 70/2023, pero sí tiene una consecuencia inmediata y concreta.
“La primera consecuencia es que hoy cualquier extranjero no tiene límite alguno en cuanto a la posibilidad de adquirir estas tierras que estaban protegidas”, enfatizó el jurista.

La Corte, integrada por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, resolvió que el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas -CECIM- La Plata no tenía legitimación para promover el amparo que frenaba el artículo 154 del mega DNU, que deroga la Ley 26.737.
Gutiérrez Colantuono explicó el recorrido judicial: la Cámara Federal de La Plata había reconocido la legitimación del CECIM y, al analizar el fondo, había declarado inconstitucional el artículo 154. La Corte, en cambio, sostuvo que el reclamo fundado en la defensa de la soberanía no alcanzaba para configurar un derecho de incidencia colectiva y, por ese motivo procesal, dejó sin efecto la sentencia.
“Quien tiene una gran responsabilidad en esto ahora es la Cámara de Diputados”, afirmó. La Corte no se pronunció sobre si el decreto es o no constitucional. “La controversia referida a la Ley de Tierras, es decir, el artículo 154 del DNU 70/2023 y la vigencia de la ley 26.737, no ha sido resuelta en este caso”, aclaró el propio tribunal en un comunicado posterior para “despejar dudas” ante el repudio social.
Para el especialista neuquino, ese comunicado es una señal política. Consideró que la Corte buscó evitar que su decisión perdiera legitimidad social, en un contexto de fuerte cuestionamiento en redes.
“Hay un impacto social, una crítica negativa hacia esa decisión que tomó la Corte, porque a través de un tecnicismo termina de una manera indirecta viabilizando la ejecución de ese decreto”, recalcó. Y recordó la reacción que generó en su momento el fallo del 2×1 para condenados por delitos de lesa humanidad.
Gutiérrez Colantuono planteó dos lecturas posibles del fallo, pero tomó posición:
“Quizás algunas voces analistas podrán decir que la Corte lo que hizo fue devolverle este tema al Congreso de la Nación, a la Cámara de Diputados. Quizás otras voces digamos que, si bien eso puede ser cierto, no menos cierto es que la Corte tenía ante sus ojos un acto, una decisión, ya en términos técnicos, jurídicos, absolutamente inconstitucional”.
En su análisis, el máximo tribunal tenía la oportunidad de pronunciarse sobre el fondo y optó por no hacerlo. De esa forma, aunque no avaló el DNU en términos jurídicos, eliminó el freno judicial que pesaba sobre la derogación.
De cara a lo que viene, el jurista puso el foco en la sesión prevista para el 15 de octubre en Diputados, donde el mega decreto -ya rechazado por el Senado en marzo de 2024- debe ser aprobado o rechazado en su totalidad.
“Representan al pueblo, nos representan a nosotros. Es el territorio y la tierra lo que está en juego en esta discusión. No es una cuestión procesal o técnica, es un bien de la comunidad”, concluyó.
Con la caída del amparo, sin las restricciones de la Ley de Tierras y sin las obligaciones de información que preveía la norma, se abre una ventana sin límites a la extranjerización, especialmente sensible en departamentos como Lácar -que incluye San Martín de los Andes- y Bariloche, y en zonas estratégicas como Vaca Muerta y las áreas con bosques y cuencas hídricas.










