Regulación de los cestos de basura en la ciudad: Ordenanza 3724/2025
Con el objetivo de mejorar la higiene urbana y optimizar la recolección de residuos, el Concejo Deliberante aprobó la Ordenanza 3724/2025, que establece la obligación de que cada inmueble —residencial, comercial o institucional— disponga de un cesto contenedor de residuos con tapa.
Esta disposición busca garantizar una recolección más eficiente y segura, además de prevenir la dispersión de basura y el deterioro del entorno urbano.
Características técnicas obligatorias
La ordenanza establece una serie de requisitos técnicos mínimos que deberán cumplir los cestos:
Capacidad adecuada: deben tener un tamaño suficiente para contener el volumen de residuos generados por las unidades funcionales del inmueble, evitando su desborde.
Protección contra fauna urbana: el diseño debe impedir el acceso de perros, aves carroñeras u otros animales a las bolsas de residuos, preservando su integridad hasta el momento de la recolección.
Dimensiones: la altura mínima desde el suelo hasta la base del cesto debe ser de 20 cm, y la máxima no debe superar los 110 cm. La profundidad no podrá exceder los 65 cm. Si un cesto existente dificulta la tarea de recolección, el propietario deberá realizar las modificaciones necesarias para asegurar un retiro rápido y eficiente.
Materialidad: se recomienda que los cestos sean fabricados con hierro y malla metálica tratada con pintura antioxidante, para garantizar su durabilidad frente a las condiciones climáticas y el uso constante.
Esta nueva reglamentación apunta a fortalecer las políticas de orden, limpieza y convivencia urbana, promoviendo la corresponsabilidad ciudadana en el cuidado del espacio público y la correcta disposición de los residuos domiciliarios.
Ordenanza 3724/2025 – Regulación de los cestos de basura.
Una ciudad más limpia y organizada comienza con el compromiso de todos.















